Pobre Constitución Mexicana!! No me cansaré de decirlo, es la ley más manoseada y violada del mundo.
Resulta que nuestros gobernantes creen que las leyes son mágicas (incluído nuestro cumpleañero Presidente de dos años, su gabinete y los legisladores federales). Ahora han decidido que para terminar con el secuestro era necesario reformar la Constitución!! Claro, como alguien les dijo al oído que la Constitución es la ley superior, pues como siempre, piensan que lo que la Constitución no diga de manera textual, entonces hay que meterlo, y por eso la mexicana es un Frankensteincito... Desde 1857 venimos metiéndole mano a esa Ley Fundamental, y ha quedado desfigurada cual monstruito. Pobrecita. Porque cada vez que le meten mano, pierde autoridad. El hecho de que se deba entender que la Constitución es la norma superior del ordenamiento tiene una razón de ser un poco más ideal que práctica, pero en México nadie lo entiende. Y eso tiene su origen en las deficiencias del sistema educativo, sí claro, de nuevo sale a relucir el homenaje al maestro mexicano! y es que pocos mexicanos entienden bien a bien qué quiere decir que la Constitución es la norma superior del ordenamiento, ni qué quiere decir que las leyes deban ser compatibles con la Constitución, cómo funciona el federalismo y para qué sirve la Suprema Corte.
El hecho de que una Asamblea Constitucional (mítica) cree una Constitución con un procedimiento agravado de reforma quiere decir que NO debe reformarse tan fácilmente para conservar la normatividad (eficacia y obligatoriedad) de la Constitución, es decir, que para modificarla debe pasarse por un procedimiento mucho más difícil que para crear una ley ordinaria. La idea de que los legisladores no puedan hacer lo que quieran, sino que tengan que atender a la Norma Suprema (133), se explica como un elemento de estabilidad del sistema previsto en la Constitución. El hecho de que la Suprema Corte haya recibido las facultades de revisión constitucional de los actos del legislador y del Ejecutivo, quiere decir que éstos no pueden hacer lo que quieran, sino que deben atender a las normas de la Constitución y en caso de transgredirlas, su acto será evaluado por la Corte y en su caso, echado del sistema jurídico.
Ahora, nuestro legislador valiente cree que cuando se le ocurre una maravillosa idea que no es compatible con la Constitución, puede (y debe) reformar la Constitución, rompiéndo con ello todos los principios básicos del Estado Constitucional.
Una reforma constitucional no puede estar basada en una buena idea, tampoco en un problema grave que nadie sabe resolver --como es el caso actual de la ola de violencia que vivimos en México-- la reforma a la Constitución para darle facultades al Congreso en materia de Secuestros y Crímen Organizado es un palo de ciego, además de una reforma no necesaria.
Ésta reforma da un nuevo golpe al federalismo mexicano. Acaso es correcto que los legisladores cada vez que tienen una ocurrencia, puedan reformar el 73 y quitarle facultades a los estados, así no más por puro gusto? Efectivamente, el Senado disque representa a los estados (con los Senadores extras se ha desfigurado el propósito de esa Cámara) y al menos la mitad de los Congresos estatales deberán aprobar la reforma. Pero, dónde está el proceso de discusión? dónde queda el respeto al principio básico del federalismo? En cualquier federación una reforma al equivalente artículo 73 significaría una afronta con los estados, una crisis política, requeriría muchas reuniones de análisis, vaya, es una cosa seria. Cada vez que se reforma el 73 de las facultades del legislador fedeal, se ataca el principio fundamental del federalismo del 124 y eso debería recaer sino en una revisión ante la Corte, al menos en una comisión federal.
Hace falta en México una Comisión Federal, en donde los Congresos Locales y el Federal se reunan a discutir este tipo de reformas, que si se entienden indispensables, requieren una participación conjunta en su diseño y aprobación. Aunque efectivamente, después de aprobada en el Congreso Federal, pase a discusión y aprobación en los Congresos locales, considero necesario e importante que se discuta la reforma y sus alcances para el Estado Federal, ANTES y no después y en conjunto. Sacar de la política pura el asunto, porque es evidente que si ésta reforma la presenta el PAN junto con el PRI, los legisladores locales, cual lacayos de un federalismo inexistente, aprobarán sin más las propuestas de los señores de la Gran Tenochtitlán.
Pero en México los gobernantes "se avientan como el borras" y deciden que es excelente la idea de reformar el 73. Que no entiendo para qué, si ya existe la fracción XXI.
Pero ya sabemos que en México los principios constitucionales no se entienden, bueno, más bien no existen, a fuerza de ignorarlos han desaparecido. O es que acaso algún día existieron?
Este es un caso en el que el legislador debió de haber interpretado la fracción XXI del 73, pues de acuerdo a un principio general del derecho el que puede lo más puede lo menos, es decir, si el legislador federal puede establecer qué delitos son de carácter federal, entonces puede hacer concurrente la persecución del delito de secuestro. No es necesario que la Constitución diga textualmente todo lo que quieren oir. Para eso está la Corte y en caso de que algún legislador, local o federal, estuviese en desacuerdo, podría ocurrir ante la Corte con una acción de inconstitucionalidad y revisar si eso es posible de acuerdo con nuestro sistema. Así debería funcionar el sistema. Pero en este caso dejan a las minorías locales en el olvido. Una vez aprobada la reforma por los 2/3 de ambas cámaras federales y la mitad de las locales, no hay manera de poner reversa a esa reforma.
PERO en México nos gusta "salirnos por la tangente" y evitar que nos revisen la tarea. Como la Corte ya se ha declarado incompetente para revisar el contenido de las reformas a la Constitución, entonces tenemos una dictatura del Poder Revisor del 135--como se le llama a los Congresos Federal y Locales que aprueban una reforma--. Hace lo que quiere y nadie puede revisarlo.
Pero sabemos que en México es más fácil sacar las cosas políticamente que legalmente verdad?
La segunda aberración de esta reforma de chocolate es la idea mágica de que con leyes las cosas cambian, como si la mera aprobación de las leyes provocara nuevas conductas. Digo, sería más fácil sacar una ley que dijera "Está prohibido delinquir" o "Todos los mexicanos tienen derecho a vivir seguros" o mejor "el que secuestre estará maldito". Una prueba? El hermosísimo poema contenido en el artículo 4 "Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa"...
Y eso de creer que las leyes son mágicas no es cosa nada más de nuestros gobernantes, también nuestros ciudadanos. El grito de "pena de muerte a los secuestradores -y doble si es funcionario-" es absurdo y ridículo. Por muchas razones que ya discutí en Hiperenlace, pero porque las leyes no son varitas mágicas. El hecho de que el Congreso reforme la Constitución (además 100 días más tarde del compromiso del gobierno, también de chocolate) y haga una Ley Antisecuestro no cambiará las cosas, las leyes no son autoobedecibles y las penas no son autoaplicables. Se requieren autoridades que las hagan cumplir y eso es lo que en México no tenemos.
Podremos tener la Ley mas maravillosa del mundo y las penas más duras del mundo, si no se cumple la ley y no se aplican las penas, tendremos secuestradores, narcotraficantes y demás especies, fauna y flora, libres, vivitas y coleando.
Dejo de nuevo a Beccaria: "lo que más disuade a los ciudadanos de violar la ley no es la exagerada gravedad de la pena, sino la inexorabilidad de la justicia. No se debe aplicar castigos inhumanos, sino aplicar castigos relativamente leves pero con toda seguridad." (De los delitos y las penas. Cesare Beccaria. 1764)
La Nota Provocadora, por supuesto, del REFORMA
Ciudad de México (1 de diciembre de 2008).- La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó esta noche el dictamen para reformar el Artículo 73 Constitucional, con lo que se da el primer paso para legislar en materia de secuestro.
El presidente de la Comisión de Justicia, el diputado César Camacho, explicó que al aprobarse esta reforma se sentarán las bases sobres las que el Congreso debe legislar para crear una Ley Antisecuestro."El Artículo 73 establece las facultades exclusivas del Congreso de la Unión, de las que puede legislar de manera amplia, general y que sean obligatorias de todos los mexicanos; hoy se introduce que puede legislar en materia de secuestro y de crimen organizado."Hoy el delito de secuestro puede tener diferentes descripciones o diferentes penalidades, se puede castigar y perseguir de manera distinta, hay 33 tipos penales relacionados al secuestro", explicó.Camacho explicó que esta discordancia en la persecución del delito ha beneficiado a los delincuentes por lo que ahora podrán, con una ley específica en la materia, homologar criterios para ser más certeros en la persecución de este delito."Ahora lo que sigue es expedir una Ley General por el Congreso de la Unión, como dije, el tipo penal, las sanciones, pero también la forma de coordinarse de parte de los estados y de la Federación en un asunto que no conoce de competencias , ni de jurisdicciones ni de terminología jurídica", afirmó.
En la sesión en la que se aprobó por unanimidad esta reforma, el PRD argumentó que se debía discutir a fondo en otra ocasión y al ver que los otros partidos estuvieron de acuerdo en que se sometiera a votación, los legisladores del sol azteca abandonaron el encuentro.
Este dictamen pasa ahora a la Comisión de Puntos Constitucionales para posteriormente ser llevado al Pleno de la Cámara y ser ratificado por el Senado de la República.Camacho afirmó que esto podría ser llevarse a cabo en los próximas semanas para poder enfocarse entonces en la Ley Antisecuestro.Una vez aprobado por el Congreso de la Unión, por ser reforma constitucional, necesita el aval de al menos 16 congresos estatales para que pueda ser publicada en el Diario Oficial de la Federación y tenga efecto.
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